El Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (Itei) comenzó a funcionar en la entidad en septiembre del 2005, por lo que este año podrían cumplir 20 años de operaciones.
Pero ante la obligación de acatar la nueva Ley General de Transparencia impulsada por Morena a nivel federal, diputadas y diputados de Jalisco aprobaron la extinción del Itei en un máximo de 90 días naturales, una vez que se realicen las modificaciones a leyes estatales, conocidas como secundarias.
Después de ello, ¿cuáles instancias contestarán solicitudes de información y garantizarán la protección de los datos personales en Jalisco?
Según el dictamen avalado este martes 10 de junio, publicado en la Gaceta Parlamentaria del Congreso de Jalisco, el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y protección de datos personales en posesión de sujetos obligados, la competencia será de la siguiente forma:
- Las peticiones del poder ejecutivo y los municipios será competencia de la Contraloría del Estado.
- Las peticiones del Poder Legislativo y Judicial, de los órganos constitucionales autónomos y demás sujetos obligados, serán resueltas por sus órganos internos de control.
- Los partidos políticos tendrán como autoridad garante al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco.
- Los sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos o realicen actos de autoridad, su autoridad garante será el Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado de Jalisco.
Además, se precisa que las resoluciones de estas autoridades serán vinculantes, definitivas e inatacables para los sujetos obligados y deberán ser cumplidas por los poderes, entidades y dependencias públicas del Gobierno del Estado, Ayuntamientos, organismos constitucionales autónomos.
Así como “de cualquier persona física, jurídica, sindicato, partido político o cualquier otro que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad, en términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General en materia de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, esta Constitución y demás leyes de la materia”, de acuerdo con el dictamen.
En contra de las resoluciones emitidas por las autoridades garantes, se podrán interponer los recursos o juicios que establecen las leyes de la materia.
Este punto es relevante, ya que anteriormente se podía interponer un recurso de revisión o queja directamente ante el Itei, si el sujeto obligado era estatal, o ante el Inai, si era federal, pero ahora no será de esta manera.
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¿Cuál era la labor del Itei en Jalisco?
Su misión como organismo autónomo era garantizar que los sujetos obligados; es decir, las organizaciones, públicas o privadas, que reciben recursos del estado o de los municipios, cumplieran con la obligación de dar a conocer su información a la sociedad.
La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios señala como sujetos obligados a todas las organizaciones que reciben o administran recursos públicos.
Por ejemplo, el Ayuntamiento de Guadalajara o la Secretaría de Transporte son sujetos obligados y deben rendir cuentas, así como los partidos políticos, sindicatos y fideicomisos, como el Fideicomiso de Inversión y Administración para la mejora de la Seguridad Vial. “Si algún sujeto obligado no cumple con su deber, el Itei tiene la facultad de intervenir para dar respuesta a quien lo haya solicitado”, menciona el organismo en su página.




