Instagram, Facebook y YouTube pierden juicios por daños a niños
Las empresas de redes sociales perdieron un juicio de adicción en menores, y otro por fallas en la seguridad infantil en las plataformas
LOS ÁNGELES (AP). Un jurado declaró responsables a Meta -propietaria de Instagram, Facebook y WhatsApp– y a YouTube en una demanda sin precedentes para responsabilizar a las plataformas de redes sociales por los daños a niños que usan sus servicios, y concedió a la demandante tres millones de dólares en indemnización.
Tras más de 40 horas de deliberación a lo largo de nueve días, el jurado en California decidió que Meta y YouTube actuaron con negligencia en el diseño o funcionamiento de sus plataformas.
Según el fallo, la negligencia de cada empresa fue un factor sustancial en el daño a la demandante, una mujer de 20 años que afirma que su uso de redes sociales cuando era niña la volvió adicta a la tecnología y agravó sus problemas de salud mental.
Este es el segundo veredicto emitido esta semana contra Meta después de que un jurado en Nuevo México determinó que la empresa perjudica la salud mental y la seguridad de los niños, violando la ley estatal.
¿Cuál fue el veredicto contra Meta y Youtube?
El jurado concluyó que las empresas actuaron con malicia, opresión o fraude. Esto significa que pronto escucharán nuevas pruebas y volverán a la sala de deliberaciones para decidir sobre daños punitivos.
Tanto Meta como YouTube emitieron comunicados discrepando del veredicto y prometiendo explorar sus opciones legales, lo que incluye apelaciones.
El portavoz de Google, Jose Castañeda, declaró en su comunicado que el caso “malinterpreta a YouTube, que es una plataforma de streaming construida de manera responsable, no un sitio de redes sociales”.
El jurado determinó que Meta y YouTube sabían que el diseño, o el funcionamiento, de sus plataformas era peligroso o probablemente sería peligroso para los menores. Además, consideraron que las plataformas no advirtieron adecuadamente del peligro, lo que contribuyó aún más al daño de la demandante.
Sólo nueve de los 12 jurados tenían que estar de acuerdo en cada reclamación contra cada demandado. Dos jurados discreparon de forma constante con los otros 10 sobre si las empresas tecnológicas debían ser consideradas responsables.
Los jurados también determinaron que Meta tenía mayor responsabilidad por el daño a la demandante, que ha sido identificada por sus iniciales KGM. Decidió además que Meta tiene el 70% de la responsabilidad mientras que YouTube cargaba con el 30% restante.
Meta y YouTube, propiedad de Google, eran los dos demandados que quedaban en el caso después de que TikTok y Snap llegaran a acuerdos antes de que comenzara el juicio.
Durante casi un mes, el jurado escuchó alegatos de abogados, testimonios y pruebas, y oyeron a la propia demandante, identificada como KGM en los documentos, o Kaley, como la han llamado sus abogados durante el juicio, así como a los líderes de Meta, Mark Zuckerberg y Adam Mosseri. El director ejecutivo de YouTube, Neal Mohan, no fue llamado a testificar.
Demandante comenzó a usar redes sociales desde los 6 años
Kaley afirma que comenzó a usar YouTube a los 6 años e Instagram a los 9, y le dijo al jurado que, cuando era niña, estaba en redes sociales “todo el día”.
Los abogados que representaron a Kaley, encabezados por Mark Lanier, tenían la tarea de demostrar que la negligencia fue un factor sustancial en el daño sufrido por Kaley.
Señalaron características específicas de diseño que, según dijeron, estaban pensadas para “enganchar” a los jóvenes, como la naturaleza “infinita” de los feeds que permite un suministro interminable de contenido, las funciones de reproducción automática e incluso las notificaciones.
Los jurados recibieron instrucciones de no tomar en cuenta el contenido de las publicaciones y los videos que Kaley vio en las plataformas. Esto se debe a que las empresas tecnológicas están protegidas de la responsabilidad legal por el contenido publicado en sus sitios gracias a la Sección 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones de 1996.
Argumentos de la defensa de Meta y Youtube
Meta sostuvo que Kaley había tenido dificultades de salud mental al margen de su uso de redes sociales, y señaló su turbulenta vida en el hogar. Afirmó, además, en un comunicado posterior a los alegatos finales que “ni uno solo de sus terapeutas identificó a las redes sociales como la causa” de sus problemas de salud mental. Pero los demandantes no tenían que probar que las redes sociales causaron las dificultades de Kaley, sino únicamente que fueron un “factor sustancial”.
YouTube se centró menos en los expedientes médicos de Kaley y su historial de salud mental, y más en el uso y la naturaleza de la plataforma.
Los abogados argumentaron que YouTube no es una red social sino una plataforma de video similar a la televisión, y señalaron la disminución del uso de YouTube a medida que Kaley crecía.
Según sus datos, desde su creación, ella pasó en promedio alrededor de un minuto al día viendo YouTube Shorts. YouTube Shorts, que se lanzó en 2020, es la sección de la plataforma de videos cortos y verticales con la función de “presentación infinita” que según los demandantes era adictiva.
Los abogados que representaron a ambas plataformas también señalaron de forma reiterada las funciones de seguridad y las barreras de protección que cada una tiene para que las personas supervisen y personalicen su uso.
El caso, junto con varios otros, es considerado un juicio ejemplar, es decir, su resultado podría influir en cómo se desarrollen miles de demandas similares presentadas contra empresas de redes sociales.
¿De qué trata el caso de seguridad infantil en redes sociales?
Aunque tanto el caso de Los Ángeles como otro en Nuevo México que concluyó el martes se centraron en los daños infligidos a niños, hubo diferencias entre ambos.
La demanda de Nuevo México fue presentada por el fiscal general del estado Raúl Torrez en 2023. Los investigadores estatales construyeron su caso haciéndose pasar por niños en redes sociales y luego documentando las solicitudes sexuales que recibieron, así como la respuesta de Meta. El jurado determinó que Meta violó la ley de protección al consumidor de Nuevo México.
Torrez quiere que Meta implemente una verificación de edad más eficaz y haga más para expulsar a los actores malintencionados de sus plataformas.
El jurado encontró miles de infracciones, y cada una contó por separado para una sanción de 375 millones de dólares.
La decisión histórica llegó tras un juicio de casi siete semanas. Los jurados se alinearon con los fiscales estatales, quienes argumentaron que Meta priorizó las ganancias por encima de la seguridad.
El jurado concluyó que Meta violó partes de la Ley de Prácticas Desleales del estado ante acusaciones de que la empresa ocultó lo que sabía sobre los peligros de la explotación sexual infantil en sus plataformas y sobre los impactos en la salud mental de los niños.
El jurado coincidió con las acusaciones de que Meta hizo declaraciones falsas o engañosas y también estuvo de acuerdo en que incurrió en prácticas comerciales “inaceptables” que se aprovecharon injustamente de las vulnerabilidades y la inexperiencia de los niños.



