El SIAPA, incompetente para frenar aguas negras en Las Pintas
El SIAPA dice que es competencia de la Conagua vigilar e investigar descargas irregulares, por lo que no ha denunciado a los responsables del daño ambiental
El pasado lunes 09 de marzo, el Sistema Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado (SIAPA) informó de la existencia de descargas irregulares en “Las Pintas”, uno de los canales por los que llega el agua al Área Metropolitana de Guadalajara (AMG), por lo que se comprometió a realizar acciones para frenar las fuentes de contaminación en el sitio.
Sin embargo, pese a que dio a conocer que habría procesos legales contra los responsables, ahora se deslindó de la competencia para ello, según compartió a La Evidencia por medio de la solicitud de Transparencia EXP. UT/SIAPA/537/2026.
“Es indiscutible que la inspección, vigilancia y sanción de las descargas irregulares vertidas en el Canal «Las Pintas» se encuentran fuera de la jurisdicción y competencia material de este organismo”, detalló al preguntarle sobre las acciones realizadas con corte al mes de junio de 2026.
Según indicó, están realizando recorridos entre SIAPA, municipios, Gobierno del Estado y recientemente con la Comisión Nacional del Agua (Conagua), para localizar de manera puntual toda descarga clandestina que esté vertiendo aguas que se encuentren fuera de norma, en el trayecto del canal del “sistema antiguo de abastecimiento y que generan alteraciones en la calidad del agua”.
Pero respecto de las acciones, compartió que la que la Conagua es un organismo administrativo desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuya responsabilidad es administrar, regular, controlar y proteger las aguas nacionales en México.
“Por lo que, aunado a lo anterior, le corresponde a la Federación la administración y custodia de los bienes nacionales”, sostuvo el SIAPA.
Según el SIAPA, el fundamento legal recae en el Artículo 27 constitucional; el Artículo 113 de la Ley de Aguas Nacionales, fracciones III, IV y V; y el artículo 7, en sus fracciones VIII y IX, de la Ley General de Bienes Nacionales.

Sin denuncias por descargas
La Evidencia también le solicitó al SIAPA cuántas denuncias y contra quiénes había interpuesto denuncias por las descargas irregulares, a lo que la Dirección Jurídica respondió que “después de una búsqueda exhaustiva en la ya mencionada, no se tiene registros de denuncias por descargas irregulares en las fechas referidas, por lo que no es posible darle el acceso a la misma”, contestó por Transparencia en el folio EXP. UT/SIAPA/483/2026.
En un comunicado previo, el SIAPA afirmó que había desplegado un plan de acción inmediato que contemplaba intervención multidisciplinaria para mitigar el impacto en la fuente de abastecimiento, así como coordinación municipal e inspección en sitio mediante brigadas especializadas que realizan visitas constantes, para documentar y dimensionar el origen de la descarga.
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Competencia no debe ser excusa: CEDHJ
En la recomendación 10/2026, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ) analizó una problemática ambiental en la Presa Las Pintas, un embalse que funciona como vaso regulador e infraestructura clave de abastecimiento (sedimentador) de agua cruda para la Planta Potabilizadora 1 de Miravalle (PP1), la cual potabiliza el 60% del líquido que llega al AMG.
Sobre la problemática de competencias, la CEDHJ subrayó que la «competencia fragmentada por límites territoriales» no debe usarse como excusa por ninguna autoridad para ser ineficaz.
Recordó que el Gobierno del Estado ejerce sus facultades a través de la gestión de la red y la articulación institucional de la Secretaría de Gestión Integral del Agua, la Comisión Estatal de Agua (CEA) y el SIAPA, quienes tienen la competencia para operar el sistema hidráulico de abastecimiento (sistema Chapala-Atequiza-Las Pintas).
“Deben gestionar convenios interinstitucionales para inspeccionar periódicamente los canales y garantizar que no existan interconexiones sanitarias erróneas o vertidos crudos dentro de la infraestructura que conduce el agua hacia las plantas potabilizadoras”, sostuvo en la recomendación.
Además, debido a que el agua contaminada fluye ignorando fronteras municipales, la recomendación exigió un plan de remediación y prevención conjunto en el que los municipios vigilen sus empresas y drenajes, el Estado cuide los canales colectores y la Federación sancione e inventaríe las descargas en las aguas nacionales.
¿Por qué es importante frenar las descargas?
El SIAPA detectó que, desde diciembre de 2025, existe un deterioro significativo en la calidad del agua superficial que ingresa al Canal de Las Pintas.
Identificaron ingresos de caudales con características de agua residual en puntos estratégicos del municipio de Tlajomulco de Zúñiga, como Capulín 1, El Guayabo, Capulín 2, Capulín 3, El Zapote, La Carreta, El Edén, La Teja, Vaso regulador Adolfo Horn y 1 de Mayo.
“Esta situación dificulta el eficiente trabajo de potabilización de la PP1 debido a la alta contaminación difusa e irregular que está ingresando al sistema”, subrayó.
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