Género

Emiten plan para restitución de derechos para víctima de violación

A la menor de 12 años, perteneciente a la comunidad wixárika, se le aplicó la interrupción legal del embarazo tras ser víctima de violación

La Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de Jalisco emitió y ejerció el Plan de Restitución de Derechos en favor de la menor de 12 años originaria del municipio de Mezquitic y perteneciente a la comunidad wixárika, a quien le fue practicada la Interrupción Legal del Embarazo de acuerdo con la NOM 046, por haber sido víctima de violación.

“Como resultado de un trabajo de diagnóstico y derivado de la atención interinstitucional y acompañamiento permanente de esta Procuraduría de Protección a la Niñez, se emitieron las acciones consideradas para restituir de manera integral sus derechos vulnerados y/o restringidos”, detalló la Procuraduría.

El plan de restitución busca asegurar y garantizar sin interrupción los derechos de la menor de edad, teniendo en cuenta que el ejercicio y la ejecución de las acciones no deberán limitar su desarrollo integral. En caso de detectar, algún riesgo u omisión de las medidas determinadas y/o advertir nuevas vulneraciones de derechos, el equipo interdisciplinario deberá notificar de inmediato a la autoridad competente, para que se ejecuten las acciones pertinentes en apego al interés superior de la niñez.

Para verificar que se cumpla este plan, se designó a un equipo interdisciplinario que dará seguimiento, de conformidad por lo establecido en los artículos 123 y 147 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y conforme al artículo 8 de la Ley en el Estado de Jalisco se trabajará en garantía de los siguientes derechos:

  • Derecho a la vida, la supervivencia, el desarrollo y el máximo bienestar integral posible. La adolescente quedará bajo la guarda y cuidado de su tío materno y su pareja a efecto de salvaguardar su integridad física y emocional.
  • Derecho a la prioridad. Se realizarán de manera periódica las visitas de seguimiento por parte de una trabajadora social en coordinación con su red familiar y continuará con la investigación sobre las necesidades físicas actuales de la menor de edad, asimismo una psicóloga verificará que su estado emocional se encuentre en las mejores condiciones de acuerdo a su edad.
  • Derecho a desarrollarse en un ambiente familiar sano y a la unidad familiar. El área jurídica junto con trabajo social procurará que la adolescente permanezca en su núcleo familiar designado, siempre que sus derechos sean garantizados.
  • Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal. El personal de trabajo social y psicología supervisará que el ambiente en el que se encuentra la adolescente fomente su salud física y psicológica, el respeto y la dignidad.
  • Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral. Que el entorno donde se encuentra la menor de edad, sea sano y sus necesidades básicas sean cubiertas por sus redes familiares de apoyo, por parte de la trabajadora social, y la psicóloga verificará que su estado psicológico sea el adecuado de acuerdo a su edad.
  • Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social. El equipo interdisciplinario, en coordinación con la red familiar, vigilará que la menor de edad tenga acceso a servicios de atención médica, a fin de garantizar su óptimo desarrollo y bienestar.
  • Derecho a la educación. La trabajadora social realizará las gestiones necesarias ante las instancias correspondientes a efecto de que la niña sea integrada al grado escolar requerido conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez.
  • Derecho al juego, descanso y esparcimiento. El equipo interdisciplinario corroborará que la niña realice actividades de esparcimiento y recreación, siendo éstas seguras y acordes a su edad.
  • Derecho a la crianza, y a recibir buen trato y consideración por parte de sus tutores. La Trabajadora Social deberá cerciorarse que el trato que se brinde a la niña, así como sus actividades, sean acorde a sus necesidades. La psicóloga verificará que las redes familiares desarrollen las herramientas necesarias para una crianza positiva.
  • Derecho a la protección y la asistencia social cuando se encuentren en condiciones de vulnerabilidad.

Además, la trabajadora social y psicóloga vigilarán y procurarán que la menor de 12 años esté en un espacio idóneo y de acuerdo con su perfil y necesidades, y en caso de no ser así, se coordinará con las instancias correspondientes para efecto de gestionar los apoyos asistenciales que permitan dignificar su entorno, y cuidar:

  • Derecho a la intimidad. El equipo interdisciplinario verificará que la menor de edad no sea expuesta a divulgaciones o difusiones ilícitas de información o datos personales que permitan identificarla y que atenten contra su honra, imagen o reputación.
  • Derecho a la privacidad de sus datos personales en actuaciones administrativas y jurisdiccionales. Personal del área jurídica deberá cerciorarse que la información de la niña se maneje bajo el protocolo de reserva de datos personales e información confidencial, misma que se debe conservar fuera del alcance de terceros sin acceso a ella.

Ilse Astrid Martínez

Periodista de Guadalajara, México, con 14 años de experiencia en medios impresos y digitales. Me apasiona hacer reportajes con rigor, basados en solicitudes de Transparencia, sobre temas que evidencien corrupción o contribuyan a tener una sociedad más equitativa. Estudio mi segunda licenciatura, ahora en Derecho por la Universidad de Guadalajara, para potenciar mi visión periodística. Correo: ilseastrid@gmail.com.

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