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Obligan al IMSS a dar medicamentos a tiempo, de lo contrario debe pagar

El Estado debe garantizar suministro de medicamentos en hospitales públicos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación informó que la Primera Sala de determinó que, ante enfermedades que implican el suministro de medicamentos de forma periódica, el Estado, a través del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y hospitales públicos, tiene el deber de garantizar este derecho oportunamente, pues de ello dependen la vida, la integridad y la seguridad de las personas.

También remarca que en caso de no cumplir con el suministro del fármaco que el paciente necesita, al quejoso deberán reembolsarse los gastos que se hayan erogado con motivo de la adquisición del medicamento requerido para tratar su enfermedad, toda vez que, al interrumpirse el suministro, se vulneró el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.

Caso analizado

La resolución derivó por el amparo que una persona promovió contra la omisión de un Hospital Regional del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) al no entregarle oportunamente el medicamento que se le prescribió para el control de la enfermedad que padece, y ante la urgencia por la falta de suministro de este, el paciente lo adquirió por cuenta propia.

Por ello, solicitó el reembolso de los gastos generados por la compra de los fármacos, lo cual hizo del conocimiento de las autoridades responsables y del Juez de Distrito, quien sobreseyó en el juicio. Contra esta determinación, el quejoso interpuso recurso de revisión. Al conocer del caso, la Primera Sala determinó lo siguiente:

  • Con la omisión por parte de las autoridades de salud del Estado de entregar oportunamente el medicamento requerido por el paciente, se incumple con la obligación de implantar acciones encaminadas a medir y favorecer, con apego al tratamiento respectivo, el derecho a la salud.
  • En atención al derecho humano a la salud, al no satisfacerse lo previsto en los artículos 1 y 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, deben reembolsarse al quejoso los gastos erogados con motivo de la adquisición del tratamiento requerido para tratar su enfermedad.
  • Ante enfermedades que implican el suministro de medicamentos de forma periódica, existe un deber de diligencia por parte del Estado que deberá potencializarse con un carácter reforzado, pues de ello dependen la vida, la integridad y la seguridad de las personas.

Además de falta de medicamentos, algunos pacientes padecen por la falta de funcionamiento de elevadores. Mira nuestro reportaje al respecto: Están descompuestos tres de cada 10 elevadores en el IMSS Guadalajara

Ilse Astrid Martínez

Periodista de Guadalajara, México, con 14 años de experiencia en medios impresos y digitales. Me apasiona hacer reportajes con rigor, basados en solicitudes de Transparencia, sobre temas que evidencien corrupción o contribuyan a tener una sociedad más equitativa. Estudio mi segunda licenciatura, ahora en Derecho por la Universidad de Guadalajara, para potenciar mi visión periodística. Correo: ilseastrid@gmail.com.

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